Juzgado dicta millonario embargo contra la Cooperativa Luque Ltda.

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En un nuevo revés judicial para la Cooperativa Luque Ltda., un magistrado de esa ciudad aplicó ayer a dicha entidad un embargo preventivo de G. 72,3 millones más 10% de gastos judiciales, debiendo cubrir además las costas del juicio iniciado por un grupo de sus trabajadores, cuya reposición se había ordenado en julio pasado, también a través de resolución de los tribunales

La decisión es del juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Luque, Juvencio Torres, quien aceptó la medida preventiva solicitada por un grupo de empleados de Luque Ltda., quienes anteriormente ya habían ganado una causa de reposición a sus lugares de trabajo.   

La parte resolutiva dice que el juzgado decidió “hacer lugar, con costas, al pedido de embargo preventivo (...), hasta cubrir la cantidad de G. 72.397.633 más el importe del 10% en concepto de gastos de justicia”.   

En el  considerando, se explica  que la  resolución se sustenta  en otra anterior (AI 998) del 27 de julio pasado, que  ordenó la reposición al empleo de los  recurrentes.

En ese sentido, menciona entre los beneficiados a Bernardo Martínez, Hugo Daniel Gaona, Juan Ramón Gerván, Alcides R. Martínez, Pascual Insaurralde, Alejandrino Bazán Lugo, Modesto Yegros, Neri Prieto Caballero, Carlos W. Martínez y Víctor D.  Benítez.   

El escrito judicial dice que los mismos “asisten puntualmente a su lugar de trabajo desde la fecha de su reintegro, aunque la empleadora no da trabajo efectivo siendo su obligación establecida en el Código del Trabajo”.   

Agrega que la parte demandada, en este caso la cooperativa, pidió el rechazo de la medida, alegando que los recurrentes “no han acreditado la verosimilitud del derecho invocado”.   

Sin embargo, la fiscalía interviniente coincidió con la argumentación de los trabajadores y el juzgado consideró “procedente” el embargo en cuestión. Incluso, apuntó que al dictar este mismo juzgado la resolución anterior en julio pasado “ya ha juzgado los méritos que hacían procedente la reposición de los trabajadores a sus puestos y con ello admitió la verosimilitud del derecho invocado por los mismos”.   

Esta causa deriva de un largo litigio laboral iniciado hace un año, cuando os citados empleados y otros decidieron formar un sindicato, por lo que fueron apartados por la cooperativa.

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