La polución visual avanza en Luque, pese a reglamentación

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La polución visual avanza en Luque, pese a reglamentación

 
 
 

La ordenanza n.º 35/2002 establece las medidas para la colocación de publicidad de los locales comerciales y la utilización de veredas. La Comuna asegura que trabaja en el cumplimiento de la norma.

 
 
 
 
 
 
 
Por Patricia Cañete

patriciac@uhora.com.py

La obstrucción visual afecta la circulación fluida por las principales avenidas de la ciudad de Luque tanto a pie, como en vehículo. Las cartelerías de anuncios publicitarios, nombres de locales y promociones de ofertas y productos, saturan el campo visual en el tránsito, pese a la existencia de una normativa municipal que fija los límites para la colocación en la vía pública.

En el caso de las veredas, los comercios colocan sus mercaderías en la calle e impiden el paso de los peatones que, en la mayoría de los casos, se ven obligados a bajar a la calzada para continuar el camino

Ante esta situación, la Dirección de Inspectoría lleva adelante la notificación a los propietarios de los comercios que no cumplan con la ordenanza municipal n.º 35/2002, que reglamenta la construcción y uso de aceras.

CUMPLIMIENTO. Javier Mosqueira, encargado de Inspectoría, justificó la situación actual del microcentro de Luque al manifestar que en todas las ciudades del Paraguay y del mundo existe polución visual, pero señaló que se encuentran abocados al cumplimiento de la normativa vigente

Como primer paso, los propietarios en falta, están siendo notificados, paso previsto en las penalizaciones.

"Es un trabajo difícil, pero todo tiene su reglamentación y deben contar con la autorización para colocar publicidad", señaló. Destacó que en los 8 meses que está al frente de la dependencia municipal lograron que los propietarios de los comercios paguen sus impuestos por colocación de publicidad. Agregó que varios carteles publicitarios ya fueron retirados de la vía pública por violación a la norma.

"Arrastramos una administración anterior y nos encontramos con que ni siquiera se pagaban por los anuncios", afirmó Mosqueira.

En el artículo 11 se prohíbe la instalación de puestos de venta o exposición de productos de cualquier tipo. En el inciso h, se prohíbe la colocación de anuncios fuera de la línea municipal y empotrados en el piso de la acera o en las paredes de los edificios "por debajo de los 2,50 metros medidos desde el plano de la acera". 

En el caso de transgredir esta disposición, primeramente, los propietarios son notificados de la falta, multados y luego se procede a la destrucción de la estructura que interfiera el tránsito peatonal en el caso de las veredas

La multa por la obstrucción visual o peatonal equivale al valor de 1 salario mínimo que actualmente llega a 1.658.232 guaraníes.

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